RESPONSABLES
MENDOZA APLICARÁ MULTAS A PADRES DE CHICOS QUE HAGAN BULLYING
19 de diciembre de 2025 13:29
La provincia de Mendoza dio un paso inédito en el abordaje del acoso escolar al promulgar la ley N.º 9.682, una norma que establece sanciones económicas y educativas para los padres o adultos responsables de menores que cometan actos de bullying. La iniciativa fue aprobada por la Legislatura provincial y publicada recientemente en el Boletín Oficial, por lo que ya se encuentra vigente.
El nuevo marco legal introduce un esquema de corresponsabilidad familiar frente a situaciones de acoso escolar reiterado. Según establece la ley, cuando una institución educativa detecte un caso de bullying, deberá notificar formalmente a los padres o tutores del menor involucrado. A partir de allí, y dependiendo de la gravedad de los hechos, podrán aplicarse distintas sanciones.
Entre las medidas previstas se incluyen multas económicas que van desde los 750.000 hasta los 1.500.000 pesos. El monto será determinado por la autoridad judicial interviniente, teniendo en cuenta la magnitud del daño causado, la reiteración de la conducta y las circunstancias particulares de cada caso. La normativa aclara que el objetivo no es punitivo en términos estrictos, sino preventivo y reparador.
Además de las sanciones económicas, la ley contempla alternativas de carácter educativo y comunitario. Los padres responsables podrán ser obligados a realizar tareas educativas o comunitarias por un plazo de hasta 30 días, como forma de concientización y reparación del daño social generado por las conductas de acoso.
La norma también establece un régimen agravado para los casos de reincidencia. Si el menor vuelve a protagonizar episodios de bullying luego de la primera intervención, el juez competente podrá duplicar la sanción económica inicialmente aplicada. Asimismo, se habilita la posibilidad de imponer la obligatoriedad de asistir a talleres de parentalidad, instancias de orientación familiar o incluso terapia familiar, con el objetivo de abordar el conflicto desde una perspectiva integral.
Otro punto central de la ley es el destino de los fondos recaudados a partir de las multas. El dinero será asignado al Fondo Provincial para la prevención y asistencia de víctimas de acoso escolar, y también a bibliotecas populares de la provincia. De este modo, la normativa busca que las sanciones tengan un impacto directo en políticas públicas vinculadas a la educación, la inclusión y la contención de las víctimas.
Desde el ámbito legislativo, la iniciativa fue presentada como una herramienta para reforzar el rol de las familias en la formación y acompañamiento de niños y adolescentes. La ley se suma a otras estrategias de prevención ya existentes en el sistema educativo mendocino, que incluyen protocolos de actuación, equipos interdisciplinarios y programas de convivencia escolar.
Con esta regulación, Mendoza se convierte en una de las primeras provincias del país en avanzar con un esquema legal que vincula de manera directa la responsabilidad de los padres con las conductas de acoso escolar de sus hijos. La aplicación concreta de la norma quedará ahora en manos del Poder Judicial y de las instituciones educativas, que deberán articular los mecanismos de notificación y seguimiento de los casos.
El nuevo marco legal introduce un esquema de corresponsabilidad familiar frente a situaciones de acoso escolar reiterado. Según establece la ley, cuando una institución educativa detecte un caso de bullying, deberá notificar formalmente a los padres o tutores del menor involucrado. A partir de allí, y dependiendo de la gravedad de los hechos, podrán aplicarse distintas sanciones.
Entre las medidas previstas se incluyen multas económicas que van desde los 750.000 hasta los 1.500.000 pesos. El monto será determinado por la autoridad judicial interviniente, teniendo en cuenta la magnitud del daño causado, la reiteración de la conducta y las circunstancias particulares de cada caso. La normativa aclara que el objetivo no es punitivo en términos estrictos, sino preventivo y reparador.
Además de las sanciones económicas, la ley contempla alternativas de carácter educativo y comunitario. Los padres responsables podrán ser obligados a realizar tareas educativas o comunitarias por un plazo de hasta 30 días, como forma de concientización y reparación del daño social generado por las conductas de acoso.
La norma también establece un régimen agravado para los casos de reincidencia. Si el menor vuelve a protagonizar episodios de bullying luego de la primera intervención, el juez competente podrá duplicar la sanción económica inicialmente aplicada. Asimismo, se habilita la posibilidad de imponer la obligatoriedad de asistir a talleres de parentalidad, instancias de orientación familiar o incluso terapia familiar, con el objetivo de abordar el conflicto desde una perspectiva integral.
Otro punto central de la ley es el destino de los fondos recaudados a partir de las multas. El dinero será asignado al Fondo Provincial para la prevención y asistencia de víctimas de acoso escolar, y también a bibliotecas populares de la provincia. De este modo, la normativa busca que las sanciones tengan un impacto directo en políticas públicas vinculadas a la educación, la inclusión y la contención de las víctimas.
Desde el ámbito legislativo, la iniciativa fue presentada como una herramienta para reforzar el rol de las familias en la formación y acompañamiento de niños y adolescentes. La ley se suma a otras estrategias de prevención ya existentes en el sistema educativo mendocino, que incluyen protocolos de actuación, equipos interdisciplinarios y programas de convivencia escolar.
Con esta regulación, Mendoza se convierte en una de las primeras provincias del país en avanzar con un esquema legal que vincula de manera directa la responsabilidad de los padres con las conductas de acoso escolar de sus hijos. La aplicación concreta de la norma quedará ahora en manos del Poder Judicial y de las instituciones educativas, que deberán articular los mecanismos de notificación y seguimiento de los casos.
GENERALES+ NOTICIAS