RESOLUCIÓN
EL GOBIERNO DEBERÁ AFRONTAR MULTAS DIARIAS POR INCUMPLIR UNA CAUTELAR UNIVERSITARIA
15 de octubre de 2026 07:57
La Justicia federal dispuso multas diarias de $100.000 para el jefe de Gabinete de la Nación, Diego Santilli, por el incumplimiento de una medida cautelar que ordena actualizar los salarios de docentes y no docentes universitarios y las becas estudiantiles, de acuerdo con la Ley de Financiamiento Universitario.
La decisión fue tomada por el juez federal en lo Contencioso Administrativo Martín Cormick, quien consideró que el Gobierno no acató la resolución pese a las intimaciones previas. El magistrado estableció las sanciones económicas en una primera etapa y dejó abierta la posibilidad de modificar tanto el monto como los funcionarios alcanzados.
En su resolución, Cormick dispuso hacer efectivo el apercibimiento que había dictado el 30 de septiembre de 2026. La medida se apoya en las competencias del jefe de Gabinete previstas en el artículo 100, inciso 1, de la Constitución Nacional y en el artículo 5 de la Ley 27.798.
El expediente se originó en una demanda presentada por rectores nucleados en el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN). Según lo informado, la medida cautelar dictada en diciembre pasado recibió el aval de la Cámara de Apelaciones y cuenta con un fallo firme de la Corte Suprema del 25 de junio que la sustenta.
El conflicto judicial también avanzó sobre la cuestión de fondo. La semana anterior, Cormick declaró inconstitucional el decreto 759/2025, firmado por el presidente Javier Milei, el entonces jefe de Gabinete Guillermo Francos y la ministra Sandra Pettovello. Esa norma había frenado la aplicación de la ley con el argumento de que el Congreso no había establecido las partidas específicas para afrontar el gasto. El Gobierno apeló esa sentencia y el expediente pasó a la Cámara de Apelaciones.
Mientras tanto, la cautelar seguía vigente. De acuerdo con los cálculos mencionados en la información del caso, el Gobierno debía haber depositado hacía más de tres meses los salarios con una actualización del 33,2%, correspondiente a más de 200.000 docentes universitarios.
El presidente del CIN y rector de la Universidad Nacional de Rosario, Franco Bartolacci, sostuvo que la organización había informado al juez sobre el vencimiento del plazo otorgado al Gobierno y solicitado la aplicación de las multas. Valoró que la resolución estableciera responsabilidades específicas y señaló que el proceso judicial continúa, aunque consideró que la decisión representa un paso importante para lograr el cumplimiento de la ley.
Desde el sector docente, en cambio, hubo cuestionamientos al monto fijado. Emiliano Cagnacci, secretario general de la Asociación de Docentes de la UBA (ADUBA), consideró correcta la aplicación de sanciones, pero sostuvo que los $100.000 diarios resultan insuficientes para generar un efecto disuasorio. Clara Chevalier, de CONADU, afirmó que las multas confirman el incumplimiento de la ley y la existencia de responsabilidades de funcionarios.
La resolución también abrió interrogantes sobre quién deberá pagar las sanciones. La Ley de Responsabilidad Estatal 26.944, sancionada en 2014, establece que la sanción pecuniaria disuasiva es improcedente contra el Estado, sus agentes y funcionarios. Sin embargo, los abogados del CIN y de la UBA interpretan que Cormick aplicó las multas al patrimonio personal de Santilli. Para sostener esa posición, señalan que la resolución se refiere expresamente al funcionario y mencionan jurisprudencia de la Corte Suprema sobre las astreintes, mecanismos judiciales destinados a vencer la resistencia al cumplimiento de una orden.
La decisión se conoció un día antes de la quinta marcha federal universitaria, convocada para este jueves en todo el país. La aplicación de multas suma así un nuevo capítulo al conflicto por el financiamiento de las universidades públicas, mientras continúa el proceso judicial para determinar el alcance definitivo de las obligaciones establecidas por la ley.
La decisión fue tomada por el juez federal en lo Contencioso Administrativo Martín Cormick, quien consideró que el Gobierno no acató la resolución pese a las intimaciones previas. El magistrado estableció las sanciones económicas en una primera etapa y dejó abierta la posibilidad de modificar tanto el monto como los funcionarios alcanzados.
En su resolución, Cormick dispuso hacer efectivo el apercibimiento que había dictado el 30 de septiembre de 2026. La medida se apoya en las competencias del jefe de Gabinete previstas en el artículo 100, inciso 1, de la Constitución Nacional y en el artículo 5 de la Ley 27.798.
El expediente se originó en una demanda presentada por rectores nucleados en el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN). Según lo informado, la medida cautelar dictada en diciembre pasado recibió el aval de la Cámara de Apelaciones y cuenta con un fallo firme de la Corte Suprema del 25 de junio que la sustenta.
El conflicto judicial también avanzó sobre la cuestión de fondo. La semana anterior, Cormick declaró inconstitucional el decreto 759/2025, firmado por el presidente Javier Milei, el entonces jefe de Gabinete Guillermo Francos y la ministra Sandra Pettovello. Esa norma había frenado la aplicación de la ley con el argumento de que el Congreso no había establecido las partidas específicas para afrontar el gasto. El Gobierno apeló esa sentencia y el expediente pasó a la Cámara de Apelaciones.
Mientras tanto, la cautelar seguía vigente. De acuerdo con los cálculos mencionados en la información del caso, el Gobierno debía haber depositado hacía más de tres meses los salarios con una actualización del 33,2%, correspondiente a más de 200.000 docentes universitarios.
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Desde el sector docente, en cambio, hubo cuestionamientos al monto fijado. Emiliano Cagnacci, secretario general de la Asociación de Docentes de la UBA (ADUBA), consideró correcta la aplicación de sanciones, pero sostuvo que los $100.000 diarios resultan insuficientes para generar un efecto disuasorio. Clara Chevalier, de CONADU, afirmó que las multas confirman el incumplimiento de la ley y la existencia de responsabilidades de funcionarios.
La resolución también abrió interrogantes sobre quién deberá pagar las sanciones. La Ley de Responsabilidad Estatal 26.944, sancionada en 2014, establece que la sanción pecuniaria disuasiva es improcedente contra el Estado, sus agentes y funcionarios. Sin embargo, los abogados del CIN y de la UBA interpretan que Cormick aplicó las multas al patrimonio personal de Santilli. Para sostener esa posición, señalan que la resolución se refiere expresamente al funcionario y mencionan jurisprudencia de la Corte Suprema sobre las astreintes, mecanismos judiciales destinados a vencer la resistencia al cumplimiento de una orden.
La decisión se conoció un día antes de la quinta marcha federal universitaria, convocada para este jueves en todo el país. La aplicación de multas suma así un nuevo capítulo al conflicto por el financiamiento de las universidades públicas, mientras continúa el proceso judicial para determinar el alcance definitivo de las obligaciones establecidas por la ley.
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