ALIMENTOS
SANTA FE DISPUSO LA PROHIBICIÓN DE DOS ACEITES POR ADULTERACIÓN Y ROTULADO FALSO
08 de octubre de 2026 18:49
La Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria dispuso la prohibición de elaboración, fraccionamiento, transporte y comercialización de ambas marcas en toda la provincia. Detectaron adulteración en un producto e irregularidades en el rotulado del otro.
El Ministerio de Salud de Santa Fe, a través de la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (Assal), prohibió la elaboración, tenencia, fraccionamiento, transporte, comercialización y exposición de los aceites de girasol de las marcas Paisano y Bonóleo en todo el territorio provincial.
La medida se tomó luego de detectar irregularidades que impiden garantizar la legitimidad, la trazabilidad y la seguridad de los productos, en infracción al Código Alimentario Argentino.
En el caso del aceite marca Paisano, la autoridad sanitaria constató que el producto no se corresponde con aceite de girasol y que su contenido neto es inferior al declarado en el envase. Por estos motivos, fue considerado un producto adulterado.
Los datos informados para identificar este producto son los siguientes:
Denominación de venta: Aceite de Girasol.
Marca: Paisano.
RNE: 02-042336.
RNPA: 02-754290.
Contenido neto declarado: 900 ml.
Lote: 18/05/26.
Vencimiento: 18/05/27.
Por otra parte, la Assal detectó irregularidades en el aceite marca Bonóleo. Según informó el organismo, el contenido neto no coincide con el declarado en el rótulo y el producto no cuenta con un RNPA aprobado. Debido a estas condiciones, fue considerado falsamente rotulado.
Para reconocer el producto alcanzado por la prohibición, se detallaron los siguientes datos:
Denominación de venta: Aceite de Girasol.
Marca: Bonóleo.
RNE: 02-041579.
RNPA consignado: EX2022-37455493-GDEBA.
Contenido neto declarado: 900 ml.
Lote: 20260512 09:53.
Vencimiento: 05/2028.
La disposición alcanza a todas las etapas vinculadas con estos productos, desde su elaboración y tenencia hasta su transporte, exposición y comercialización dentro de la provincia de Santa Fe.
La información difundida por el Ministerio de Salud apunta a facilitar la identificación de los aceites alcanzados por la medida y advertir sobre las irregularidades detectadas en ambos casos.
El Ministerio de Salud de Santa Fe, a través de la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (Assal), prohibió la elaboración, tenencia, fraccionamiento, transporte, comercialización y exposición de los aceites de girasol de las marcas Paisano y Bonóleo en todo el territorio provincial.
La medida se tomó luego de detectar irregularidades que impiden garantizar la legitimidad, la trazabilidad y la seguridad de los productos, en infracción al Código Alimentario Argentino.
En el caso del aceite marca Paisano, la autoridad sanitaria constató que el producto no se corresponde con aceite de girasol y que su contenido neto es inferior al declarado en el envase. Por estos motivos, fue considerado un producto adulterado.
Los datos informados para identificar este producto son los siguientes:
Denominación de venta: Aceite de Girasol.
Marca: Paisano.
RNE: 02-042336.
RNPA: 02-754290.
Contenido neto declarado: 900 ml.
Lote: 18/05/26.
Vencimiento: 18/05/27.
Por otra parte, la Assal detectó irregularidades en el aceite marca Bonóleo. Según informó el organismo, el contenido neto no coincide con el declarado en el rótulo y el producto no cuenta con un RNPA aprobado. Debido a estas condiciones, fue considerado falsamente rotulado.
Para reconocer el producto alcanzado por la prohibición, se detallaron los siguientes datos:
Denominación de venta: Aceite de Girasol.
Marca: Bonóleo.
RNE: 02-041579.
RNPA consignado: EX2022-37455493-GDEBA.
Contenido neto declarado: 900 ml.
Lote: 20260512 09:53.
Vencimiento: 05/2028.
La disposición alcanza a todas las etapas vinculadas con estos productos, desde su elaboración y tenencia hasta su transporte, exposición y comercialización dentro de la provincia de Santa Fe.
La información difundida por el Ministerio de Salud apunta a facilitar la identificación de los aceites alcanzados por la medida y advertir sobre las irregularidades detectadas en ambos casos.
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