JAQUE MATE
TOMAR MATE AL VOLANTE PUEDE COSTAR HASTA $500.000 EN ALGUNAS PROVINCIAS
10 de enero de 2026 11:07
Conducir un auto mientras se toma mate puede derivar en una multa de hasta $500.000 en la provincia de Mendoza. La advertencia comenzó a circular con fuerza en los últimos días y generó inquietud entre turistas y automovilistas que viajan por Cuyo y el centro del país durante el receso de verano. Aunque no existe una prohibición expresa a nivel nacional, una interpretación de la normativa vigente habilita sanciones severas por conducción distraída.
La situación tiene su origen en la actualización de la Ley Nacional de Tránsito 24.449, que fue modificada el 18 de marzo de 2025. El cambio introdujo ajustes clave en el artículo 39°, donde se establecen las condiciones en las que debe circular un vehículo por la vía pública. Se trata de una norma que había sido reglamentada originalmente en 1995, en un contexto completamente distinto al actual, cuando los automóviles no contaban con los sistemas de asistencia a la conducción que hoy son habituales.
El texto actualizado establece que, cuando la modalidad de conducción sea convencional —es decir, con control activo del conductor—, el manejo del vehículo debe realizarse con ambas manos sobre el volante. La única excepción contemplada es cuando resulte necesario accionar otros comandos, como el cambio de marchas en vehículos con caja manual, una maniobra inevitable que obliga a retirar momentáneamente una mano.
La novedad es que la ley ahora incorpora un marco técnico que reconoce los distintos niveles de automatización de los vehículos. En ese esquema, el Nivel 0 corresponde a autos sin ningún tipo de asistencia, donde el conductor asume todas las tareas. El Nivel 1 incluye asistencias puntuales, como dirección o frenado, pero no simultáneas. El Nivel 2 —el máximo permitido actualmente en Argentina— habilita al vehículo a ejecutar de manera conjunta dos o más funciones de conducción, como acelerar, frenar y mantener el carril, siempre bajo supervisión humana.
Dentro de los niveles 1 y 2 se encuentran tecnologías cada vez más extendidas: control de estabilidad, frenos ABS, control de crucero adaptativo, mantenimiento y centrado de carril, frenado autónomo de emergencia, sensores de distancia, alertas de punto ciego y sistemas de detección de fatiga. Estas herramientas están diseñadas para advertir conductas riesgosas, entre ellas distracciones leves del conductor, como manipular objetos o bebidas durante la marcha.
Más allá del alcance nacional de la ley, la polémica se concentra en la aplicación provincial. Mendoza no adhirió plenamente a la actualización de la Ley Nacional de Tránsito 2025. Desde 2018, la provincia cuenta con su propia normativa de seguridad vial, que establece que los conductores deben “tener en todo momento el dominio efectivo del vehículo”. La reglamentación provincial es aún más específica: exige mantener ambas manos sobre el volante, salvo durante el cambio de marchas o en situaciones de fuerza mayor.
Bajo ese criterio, las autoridades mendocinas encuadran la acción de tomar mate como una distracción grave. Así lo explicó Orlando Corvalán, director de la Unidad Ejecutiva de Seguridad Vial de la provincia, al señalar que el problema no es la infusión en sí, sino la pérdida de control que implica. Según detalló, este tipo de conductas se consideran faltas gravísimas y se sancionan con 1.000 Unidades Funcionales (UF). Con el valor actual de la UF en $500, la multa asciende a $500.000.
El funcionario aclaró además que estas infracciones solo pueden ser labradas por agentes de tránsito que constaten la conducta de manera presencial, ya que Mendoza no dispone de sistemas de cámaras capaces de detectar este tipo de acciones dentro del habitáculo del vehículo.
El debate se amplía al compararse esta situación con otras conductas habituales al volante. Tomar agua de una botella, comer o manipular pantallas táctiles también implica retirar una mano del volante y desviar la vista del camino. En algunos casos, estas acciones pueden resultar incluso más riesgosas que tomar mate, ya que el envase o el objeto puede obstruir parcial o totalmente la visión del conductor.
Los autos modernos, además, concentran cada vez más funciones en pantallas táctiles o comandos digitales, lo que obliga a apartar la vista del parabrisas para ajustar desde la climatización hasta el sistema de navegación. Sin embargo, estas acciones no siempre reciben el mismo nivel de sanción que una distracción visible como cebar o tomar mate.
Pese a las recomendaciones de seguridad vial, no existe en Argentina una norma nacional ni provincial que tipifique de manera explícita el acto de tomar mate al volante como una infracción autónoma. La sanción se aplica en función de un concepto más amplio: la conducción distraída o la pérdida del dominio efectivo del vehículo.
En cuanto a Córdoba, si bien el tema también generó preocupación entre automovilistas y turistas, las autoridades provinciales no confirmaron oficialmente la aplicación de sanciones específicas por esta conducta. Hasta el momento, no hubo definiciones públicas sobre cómo se encuadraría el hecho dentro de su legislación vigente.
La discusión expone un escenario en transición: leyes que intentan adaptarse a la tecnología, hábitos culturales profundamente arraigados y criterios provinciales que pueden convertir un gesto cotidiano en una infracción de alto impacto económico.
La situación tiene su origen en la actualización de la Ley Nacional de Tránsito 24.449, que fue modificada el 18 de marzo de 2025. El cambio introdujo ajustes clave en el artículo 39°, donde se establecen las condiciones en las que debe circular un vehículo por la vía pública. Se trata de una norma que había sido reglamentada originalmente en 1995, en un contexto completamente distinto al actual, cuando los automóviles no contaban con los sistemas de asistencia a la conducción que hoy son habituales.
El texto actualizado establece que, cuando la modalidad de conducción sea convencional —es decir, con control activo del conductor—, el manejo del vehículo debe realizarse con ambas manos sobre el volante. La única excepción contemplada es cuando resulte necesario accionar otros comandos, como el cambio de marchas en vehículos con caja manual, una maniobra inevitable que obliga a retirar momentáneamente una mano.
La novedad es que la ley ahora incorpora un marco técnico que reconoce los distintos niveles de automatización de los vehículos. En ese esquema, el Nivel 0 corresponde a autos sin ningún tipo de asistencia, donde el conductor asume todas las tareas. El Nivel 1 incluye asistencias puntuales, como dirección o frenado, pero no simultáneas. El Nivel 2 —el máximo permitido actualmente en Argentina— habilita al vehículo a ejecutar de manera conjunta dos o más funciones de conducción, como acelerar, frenar y mantener el carril, siempre bajo supervisión humana.
Dentro de los niveles 1 y 2 se encuentran tecnologías cada vez más extendidas: control de estabilidad, frenos ABS, control de crucero adaptativo, mantenimiento y centrado de carril, frenado autónomo de emergencia, sensores de distancia, alertas de punto ciego y sistemas de detección de fatiga. Estas herramientas están diseñadas para advertir conductas riesgosas, entre ellas distracciones leves del conductor, como manipular objetos o bebidas durante la marcha.
Más allá del alcance nacional de la ley, la polémica se concentra en la aplicación provincial. Mendoza no adhirió plenamente a la actualización de la Ley Nacional de Tránsito 2025. Desde 2018, la provincia cuenta con su propia normativa de seguridad vial, que establece que los conductores deben “tener en todo momento el dominio efectivo del vehículo”. La reglamentación provincial es aún más específica: exige mantener ambas manos sobre el volante, salvo durante el cambio de marchas o en situaciones de fuerza mayor.
Bajo ese criterio, las autoridades mendocinas encuadran la acción de tomar mate como una distracción grave. Así lo explicó Orlando Corvalán, director de la Unidad Ejecutiva de Seguridad Vial de la provincia, al señalar que el problema no es la infusión en sí, sino la pérdida de control que implica. Según detalló, este tipo de conductas se consideran faltas gravísimas y se sancionan con 1.000 Unidades Funcionales (UF). Con el valor actual de la UF en $500, la multa asciende a $500.000.
El funcionario aclaró además que estas infracciones solo pueden ser labradas por agentes de tránsito que constaten la conducta de manera presencial, ya que Mendoza no dispone de sistemas de cámaras capaces de detectar este tipo de acciones dentro del habitáculo del vehículo.
El debate se amplía al compararse esta situación con otras conductas habituales al volante. Tomar agua de una botella, comer o manipular pantallas táctiles también implica retirar una mano del volante y desviar la vista del camino. En algunos casos, estas acciones pueden resultar incluso más riesgosas que tomar mate, ya que el envase o el objeto puede obstruir parcial o totalmente la visión del conductor.
Los autos modernos, además, concentran cada vez más funciones en pantallas táctiles o comandos digitales, lo que obliga a apartar la vista del parabrisas para ajustar desde la climatización hasta el sistema de navegación. Sin embargo, estas acciones no siempre reciben el mismo nivel de sanción que una distracción visible como cebar o tomar mate.
Pese a las recomendaciones de seguridad vial, no existe en Argentina una norma nacional ni provincial que tipifique de manera explícita el acto de tomar mate al volante como una infracción autónoma. La sanción se aplica en función de un concepto más amplio: la conducción distraída o la pérdida del dominio efectivo del vehículo.
En cuanto a Córdoba, si bien el tema también generó preocupación entre automovilistas y turistas, las autoridades provinciales no confirmaron oficialmente la aplicación de sanciones específicas por esta conducta. Hasta el momento, no hubo definiciones públicas sobre cómo se encuadraría el hecho dentro de su legislación vigente.
La discusión expone un escenario en transición: leyes que intentan adaptarse a la tecnología, hábitos culturales profundamente arraigados y criterios provinciales que pueden convertir un gesto cotidiano en una infracción de alto impacto económico.
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